Proveedores de bienes y servicios deberán informar a los consumidores sobre todos los medios de pago disponibles. RES N° 449/2020.

 In Derecho del Consumidor, Legislación y Normativa, Legislación y Normativa AR, Noticias

Por: Joaquín Sande.

El 23 de octubre pasado, la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo dictó la Resolución N°449/2020  que establece, para los proveedores de bienes y servicios, el deber de informar a los consumidores cuáles son los medios de pago disponibles.

La norma obliga a los proveedores a brindar esta información en sus páginas web, y contempla a todos los medios de pago aceptados por cada uno, tanto electrónicos como de otro tipo.

Ésta medida atiende a la relevancia que, en esta época y contexto, han adquirido las modalidades de contratación electrónica y el uso de medios de pago digitales.   

En línea con esto, la misma ordena a los proveedores a colocar cartelería y/o elementos de identificación, en las vidrieras de estacionamiento, líneas de caja y páginas wen,  que exhiban de manera precisa y clara cuáles son los medios de pagos aceptados por cada uno.

La superficia máxima prevista para la cartelería, logotipo y/o similares es de 300 cm2. La función de éstos elementos es meramente informativa y está dirigida a los consumidores

El incumplimiento de esta resolución será pasible de sanciones conforme a los parámetros de la Ley de Defensa del Consumidor (Ley Nº 24.240).

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