Argentina, Intellectual Property, Propiedad Industrial

INPI: nuevo régimen para transferencias de titularidad de marcas, patentes y diseños industriales

El 29 de mayo de 2026 se publicó la Resolución INPI N° 162/2026, que aprueba un nuevo reglamento para la toma de razón de transferencias de dominio y cambios de rubro ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.

La norma aplica a marcas, patentes de invención, modelos de utilidad y modelos o diseños industriales, tanto registrados como en trámite.

¿Qué cambios introduce la Res. 162/2026?

El nuevo régimen introduce varias simplificaciones respecto del sistema anterior:

  • Apostilla y legalización consular: no serán exigibles en ningún caso, ni para los instrumentos que sustentan la transferencia ni para los documentos que acrediten representación, aunque hubieran sido otorgados en el extranjero.
  • Certificación de firmas: en instrumentos privados, solo deberá certificarse la firma del cedente y, cuando corresponda, la del cónyuge que presta asentimiento.
  • Inscripciones múltiples: cuando existan transmisiones sucesivas celebradas en un mismo acto e instrumento, podrán inscribirse mediante una única solicitud.
  • Efectos de la inscripción: la toma de razón tiene carácter declarativo y produce efectos desde la fecha de presentación. Todo lo declarado tiene valor de declaración jurada.

Vigencia

La Resolución INPI N° 162/2026 deroga el régimen anterior y se encuentra vigente.

Los titulares de derechos de propiedad industrial con transferencias pendientes de inscripción podrán presentar sus solicitudes conforme al nuevo reglamento.

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