Argentina, Marcas

Oposiciones de marcas en Argentina: qué cambia y cómo impacta esto en la gestión de conflictos ante el INPI.

Por Chiara Ferioli

Con fecha 6 de agosto de 2026, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) dictó la Resolución N° 2026-297 que  aprueba un nuevo Reglamento para la Instancia Administrativa de Resolución de Oposiciones de Marcas en Argentina.

La norma responde a la necesidad de automatizar etapas procesales, dotar de mayor eficiencia a la tramitación y acortar los plazos de resolución de controversias. 

Principales cambios del procedimiento:

  • Eliminación de la etapa autónoma de prueba: Se adopta un esquema concentrado en el cual toda la prueba debe presentarse adjunta como documental al momento de ampliar la oposición o contestar. 
  • Constataciones digitales: La información o prueba proveniente de páginas web, bases de datos o redes sociales exige indicar enlaces precisos y de libre acceso para su verificación por parte de la autoridad. 
  • Argumentos finales y medios alternativos: Se mantiene la instancia voluntaria de alegatos finales y se amplían las causales por las cuales se permite por única vez la suspensión de dicho plazo por 30 días hábiles (ahora es válido cualquier método alternativo de resolución de conflictos, además de la mediación o conciliación) 
  • Tratamiento de Nulidades y Caducidad: Las acciones de caducidad o de nulidad (art. 24 inc. a. Ley N° 22.362) sobre marcas en conflicto se resuelven dentro del mismo trámite y sin exigencia de la notificación fehaciente previa (prevista en la Res. INPI P-215/26) por estar las partes previamente vinculadas al expediente administrativo. Si las causales son supervenientes, se plantean por separado suspendiendo el procedimiento; mientras que las nulidades por incisos b) y c) tramitan ante la Justicia Federal. 
  • Ámbito de aplicación: El nuevo reglamento aplica a las oposiciones deducidas contra solicitudes de registro ingresadas a partir del 1º de marzo de 2026. 

¿Que deberían revisar los titulares de marcas?

La supresión de la etapa probatoria autónoma y la simplificación del trámite buscan agilizar significativamente los plazos de resolución administrativa de oposiciones y acelerar la concesión de marcas. Al mismo tiempo, exigen una mayor preparación estratégica desde el inicio del trámite. 

Frente al nuevo esquema, resulta aconsejable identificar con anticipación la prueba necesaria para sostener o contestar una oposición, reunir la documentación disponible y verificar que los contenidos digitales que se pretenda invocar cuenten con enlaces precisos y de libre acceso.

También será importante revisar qué solicitudes pueden quedar comprendidas en el nuevo régimen y coordinar la estrategia probatoria antes de que comiencen a correr los plazos procesales correspondientes.

La Resolución 297/2026 del INPI puede ser consultada en el siguiente link

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *