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Nuevas reglas para el Botón de Arrepentimiento y la protección del consumidor digital.  Disposición 954/2025.

Por Abel Preiti

El Ministerio de Economía actualizó el régimen de cancelación de compras y bajas de servicios contratados en línea mediante la Disposición 954/2025 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor, publicada en Boletín Oficial el 4 de septiembre de 2025.

La nueva norma consolida y amplía el marco ya existente, introduciendo mejoras que buscan simplificar los procesos digitales para los consumidores y fortalecer la transparencia en el comercio electrónico.

Principales obligaciones para proveedores digitales

A partir de esta disposición, todos los sitios web y aplicaciones que comercialicen bienes o servicios a distancia deben incluir, desde el primer acceso y en un lugar destacado:

  • Botón de Arrepentimiento → permite cancelar compras realizadas en línea.
  •  Botón de Baja de Servicio → habilita la rescisión de contrataciones digitales de forma simple y directa.

Ambos deben estar disponibles sin necesidad de registros adicionales ni trabas administrativas.

Plazos y respuesta obligatoria

  • El consumidor dispone de 10 días corridos desde la entrega del producto o la celebración del contrato para ejercer el derecho de arrepentimiento.
  • El proveedor debe:
    • Confirmar la solicitud en 24 horas.
    • Efectivizar la baja o devolución en un máximo de 5 días hábiles.

Excepciones al derecho de arrepentimiento

El botón no aplica en ciertos casos, tales como:

  • Servicios turísticos y pasajes de transporte.
  • Espectáculos o eventos con fecha determinada.
  • Bienes confeccionados a medida o personalizados.
  • Productos perecederos o de consumo inmediato.
  • Contenidos digitales ya descargados o utilizados.

Tampoco procede el derecho de arrepentimiento en los casos que:

  • El consumidor ya haya utilizado el producto o servicio antes de solicitar la baja.
  • La contratación se realice con fines de reventa o como insumo en procesos productivos.

De la Resolución 424/2020 a la Disposición 954/2025

La Resolución 424/2020, dictada en un contexto excepcional de pandemia, introdujo inicialmente el “Botón de Arrepentimiento” para proteger al consumidor frente al auge de las compras en línea.

La nueva disposición, en cambio, busca institucionalizar y ampliar esa protección:

  • Integra además el Botón de Baja de Servicio.
  • Reduce plazos de resolución (máximo de 5 días hábiles).
  • Refuerza la obligación de accesibilidad y visibilidad en plataformas digitales.

Impacto y objetivos

Con esta actualización normativa se busca:

  • Facilitar procesos simples y rápidos de cancelación y baja.
  • Eliminar barreras administrativas que dificultan al consumidor ejercer sus derechos.
  • Aumentar la confianza en el comercio electrónico, equilibrando la relación entre proveedores y usuarios.

Los proveedores deberán adecuar sus canales digitales en un plazo de 60 días desde la publicación de la norma.En definitiva, la Disposición 954/2025 representa un paso hacia la consolidación de un marco estable y permanente de protección al consumidor digital, fortaleciendo la transparencia y la confianza en el ecosistema online.