ALERTA: Cambios relevantes en el régimen de patentes. Acuerdo sobre comercio e inversiones recíprocos entre Argentina y Estados Unidos de América.
La firma de un anunciado acuerdo sobre comercio e inversiones recíprocos entre Argentina y Estados Unidos introduce compromisos concretos en materia de propiedad intelectual que habrán de modificar sustancialmente el escenario de patentes en el país, en particular para los sectores biotecnológico y farmacéutico. Un paso relevante hacia la convergencia con estándares internacionales, con implicancias prácticas para titulares de derechos, empresas innovadoras y estrategias de protección de activos tecnológicos.
El 5 de febrero de 2026 se firmó un acuerdo comercial, entre Argentina y Estados Unidos, que había sido anunciado en noviembre de 2025. Mediante la firma del acuerdo, Argentina ha asumido compromisos específicos, algunos con plazos definidos, que transformarán el panorama de la propiedad intelectual (PI), particularmente para lo que hace a patentes en los sectores biotecnológico y farmacéutico.
1. Ratificación del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT)
Argentina se ha comprometido a dar el paso, largamente esperado,hacia el sistema internacional de patentes: El gobierno deberá enviar el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) al Congreso Nacional para la consideración y votación de su ratificación antes del 30 de abril de 2026.
2. Argentina también debe tomar medidas con celeridad para alinearse con los estándares internacionales de reciprocidad
a) La Argentina deberá derogar la Resolución Conjunta N° 118/2012, N° 546/2012 y N° 107/2012 que afectaba invenciones en el ámbito químico farmacéutico y la Resolución N° 283/2015, que imponía criterios restrictivos a la patentabilidad de invenciones biotecnológicas.
b) Eficiencia y Extensiones del Plazo de la Patente: El acuerdo aborda directamente la mora administrativa en el INPI. Argentina debe reducir significativamente la demora en la concesión de patentes, con énfasis en invenciones biotecnológicas y farmacéuticas. Se emitirá un reporte que evalúe la factibilidad legal de otorgar extensiones del plazo de la patente para compensar retrasos irrazonables en el proceso administrativo.
3. Ratificación de otros tratados relacionados con propiedad industrial
Argentina también debe enviar al congreso para su aprobación antes del final de 2027 otros tratados internacionales relevantes como el Tratado de Budapest, el Tratado sobre el Derecho de Patentes (Patent Law Treaty), y otros tratados importantes como el Arreglo de La Haya relativo a diseños y modelos industriales y la Convención Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales en su versión revisada en Ginebra el 19 de marzo de 1991 (UPOV 91), entre otros.
El capítulo de Propiedad Intelectual de este acuerdo envía una señal clara de alineación con estándares internacionales y anticipa posibles cambios relevantes en el régimen argentino de patentes. De concretarse estos compromisos, podrían abrirse escenarios de mayor previsibilidad, mejora en los tiempos de tramitación de patentes y fortalecimiento de la protección que impactarían directamente en la gestión estratégica de portafolios de patentes y activos de Propiedad Intelectual, así como en las decisiones de negocios e inversión relacionadas con la innovación.
El seguimiento de la implementación normativa y administrativa de estas medidas en los próximos meses, será clave para evaluar su alcance real y sus efectos prácticos en cada sector.