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Nuevas reglas para el registro de marcas en Argentina: el INPI deja de citar antecedentes por similitud

La Oficina de Marcas (INPI) dictó la Resolución Nº 583/2025, mediante la cual introduce cambios profundos en el procedimiento de registro, transfiriendo a los titulares de derechos anteriores la carga exclusiva de vigilar y accionar en defensa de sus marcas.

¿Qué cambia?

El INPI dejará de citar antecedentes por similitud de oficio. Su examen se limitará exclusivamente a los motivos absolutos (falta de distintividad, orden público, moral).
Esto significa que el examinador ya no objetará una solicitud nueva por ser confundible con una marca registrada ni por inducir a error respecto de la calidad del producto o nombres de personas, salvo casos evidentes.

Impacto en el trámite

La consecuencia inmediata es la celeridad: si una marca no recibe oposiciones de terceros ni observaciones formales, la solicitud será concedida en plazos reducidos.

El nuevo rol del titular marcario

Este escenario obliga a los titulares a ejercer una defensa activa de sus derechos.
Al desaparecer el “filtro” estatal, una marca nueva similar o confundible podría ser concedida si no se presenta una oposición formal en tiempo.

Asimismo, obtener el título de propiedad podría no garantizar el derecho a usar esa marca con certeza: al no haberse realizado un examen de fondo exhaustivo, los registros concedidos bajo este régimen podrían resultar más vulnerables a futuros planteos de nulidad por parte de terceros con mejor derecho.

¿Qué implicancias prácticas puede generar?

En un mercado donde muchas solicitudes se presentan sin asesoramiento profesional, cobran especial relevancia dos herramientas:

a) Búsqueda de antecedentes rigurosa, para evaluar viabilidad real de uso y registro antes de operar con un signo.
b) Vigilancia activa de marcas, para detectar solicitudes conflictivas y oponerse antes de su concesión.