La Inspección General de Justicia (IGJ) acentúa el control sobre SAS y afecta negativamente a los emprendedores.

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Por: Juan E. Pringles

Valiéndose de sus facultades de “control de legalidad”, en menos de dos meses, la IGJ legisló –y modificó- el régimen de las Sociedades por Acciones Simplicadas (SAS), un tipo societario que fue creado con el objetivo de facilitar el desarrollo de emprendedores.

Desde marzo de 2020 hasta hoy, la IGJ reguló la constitución, funcionamiento y capital de las SAS, exigió que todos los socios suscriban en forma digital el contrato constitutivo firmado de tal manera y obligó a inscribir los poderes otorgados a favor del representante del administrador domiciliado en el extranjero, limitando así su otorgamiento a favor de aquel que resida en el país.

Acentuando el control sobre las SAS, el martes 5 de mayo la IGJ resolvió indagar en operaciones realizadas sobre inmuebles radicados en Capital Federal, que involucren a SAS. Esto, con el objetivo de determinar si las mismas se hallan afectadas, o no, al desarrollo de una actividad económica organizada de producción de bienes y servicios, bajo el apercibimiento de promover acciones judiciales.

Finalmente, el lunes 11 de mayo la IGJ emitió la La RG Nº 23/2020, publicada el 11/5/20 resuelve re-adecuar el estatuto modelo, aprobado originariamente para las SAS, a las previsiones estatutarias exigidas en las últimas Resoluciones.

Las SAS fueron creadas en el marco de la Ley N° 27.349, dictada a los fines de “apoyar la actividad emprendedora en el país y su expansión internacional, así como la generación de capital emprendedor en la República Argentina”. Como vemos, las regulaciones y normativas de la IGJ en la Ciudad de Buenos Aires, hacen cada vez más dificultoso el apoyo a éste tipo de sociedades.

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