Junio 2020: AFIP dispone beneficios para los contribuyentes, en el marco de la pandemia COVID-19.
En el marco de la crisis sanitaria y el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, decretado por el Poder Ejecutivo Nacional (Decretos N° 260 y N° 297), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dictó dos resoluciones con intención de aliviar la situación de los contribuyentes.
Resolución General Nº 4741/2020 extendió, hasta el 31 de julio del 2020 inclusive, la suspensión para el inicio de juicios de ejecución fiscal por parte de la AFIP. Esto, sin perjuicio del ejercicio de actos procedimentales y procesale,s destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de tributos, multas y accesorios.
Por otro lado, la Resolución General Nº 4740/2020 prorrogó, hasta el día 31 de julio de 2020 inclusive, la suspensión de traba para medidas cautelares correspondientes a sujetos que registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, inscriptos en el “Registro de Empresas y MiPyMES”.
Ambas resoluciones se publicaron en el Boletín Oficial, el día 26 de junio de 2020.
Las medidas muestran algo de empatía con el sector empresarial, y un mínimo respiro, en el marco de la crisis económica generada por la pandemia Covid – 19, que parece no tener fin.
Juan E. Pringles – Florencia Diana.